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1. LA CONSTITUCIÓN  Y SU ESTRUCTURA

 

Jerarquización:

 

  • Títulos

  • Capítulos

  • Artículos

  • Parágrafos

  • Párrafos

  • Incisos

  • Numerales

  • Literales

  • Concordancias

     

     

Estructura de la Constitución

Parte de la reforma de la Constitución  (Titulo XIII)

  • Disposiciones transitorias

     

     

     

     

     

     

     

     

     

Se divide en cuatro partes

Parte Introductoria

  • Prologo/Preámbulo

Parte Dogmatica (Titulo I y II)

  • Derechos:

 Fundamentales

 Sociales, económicos y culturales

Colectivos y del ambiente

 

  • Garantías:

Protección y aplicación de los derechos

 

  •  Deberes:

Deberes y obligaciones

Parte Orgánica (Título III al XII)

  • Elementos del Estado y su función 

     

     

     

     

     

     

     

     

     

La Constitución Política de Colombia de 1991 manifiesta los mecanismos por los cuales ésta puede ser reformada: Congreso, Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo. (Artículo 374)

 

A finales de la década de los 80 e inicios de los 90, se

desarrolló la violencia en Colombia con narcotráfico, 

guerrillas y violencia partidista, lo cual generó un ambien-

te turbio, el cual no podía ser superado con la constitución

vigente en el momento. Con finalidades específicas como

la búsqueda de la paz con la derrota del narcoterrorismo,

reintegro de las guerrillas a la vida comunitaria y el esta-

blecimiento de espacios para la participación democrática,

surgió este proceso político-jurídico que marcaría el inicio de una nueva era para Colombia. Con una clara necesidad de reformar la Constitución de 1886, nos encontramos con un problema jurídico pues esta establecía en el artículo 209 que solo el Congreso, como cuerpo colegiado en representación del poder constituyente derivado, tenía la facultad de reformarla. En vista del fracaso del proyecto para reformar la constitución, el desprestigio del Congreso por infiltraciones de grupos al margen de la ley y la presión producida por los movimientos estudiantiles, bajo la presidencia de Virgilio Barco, se decreta Estado de Sitio y se expide un decreto legislativo con el fin de convocar una Asamblea Nacional Constituyente para hacer las reformas pertinentes.

Posteriormente en la Constitución de 1991 y atendiendo su carácter rígido, en el Titulo XIII, artículos 374 al 380, se consagran los procesos de reformas y de qué forma esta puede reformarse.

Expedición de la

Constitución de 1991

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